Conoce todas las novedades de la PAC 2025, cuyo plazo se abre este sábado

La simplificación para las pequeñas explotaciones o la voluntariedad de la rotación son algunas de las principales novedades
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Este sábado, 1 de febrero, se abre el plazo para tramitar la solicitud única de la PAC 2025 en Castilla y León, que viene cargada de novedades, entre las que destaca la simplificación y la mayor flexibilidad, respecto a años anteriores.

La Junta prevé que este año se distribuyan unos mil millones de euros, entre las aproximadamente 60.000 solicitudes que calcula que recibirá la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, durante un proceso que se prolongará hasta el 30 de abril.

Si bien la mayoría de agricultores encargan la elaboración de estos documentos a organizaciones profesionales agrarias, vamos a tratar de explicar algunos de estos cambios que trae la PAC 2025.

 

Simplificación para las pequeñas explotaciones

Las explotaciones con una superficie agraria declarada igual o inferior a 10 Ha no estarán sujetas a control ni se le aplicarán penalización  por las normas de condicionalidad.

 

El uso de fotos georreferenciadas será voluntario

Ya no será obligatorio para el agricultor el uso de fotografías del SIGPAC, que podrá utilizarlas de forma voluntaria para evitar controles sobre el terreno si no son visibles por satélite, o como prueba en caso de disconformidad con el resultado.  Se retira también la obligatoriedad que pretendía imponerse desde 2027 del uso de cuaderno digital: valdrán anotaciones en el cuaderno de explotación, sea en papel o digital, a elección del agricultor.

 

Cambios en la normas BCAM

Dentro de las Buenas Prácticas Agrarias y Medioambientales se introducen también modificaciones, en las siguientes.

  1. BCAM 5, que prohíbe el laboreo a favor de pendiente. Se excluyen de esta prohibición a determinadas parcelas de pequeño tamaño, irregulares o alargadas, entre otras
  2. BCAM 6, sobre la cobertura mínima de suelo. Se permite ahora labores verticales poco profundas  tras la recolección y hasta el 1 de septiembre. Y en barbecho se podrán realizar tratamientos agrícolas de abril a junio.
  3. BCAM  7, sobre la preservación del potencial del suelo. Se suprime la obligatoriedad de la rotación, pudiendo elegir el agricultor la diversificación. La rotación implicaría mantenerla tres años, ya que se rotaría anualmente un tercio de la explotación, con la condición de que, en ese período, tendrían que rotar todas al menos una vez. La diversificación, en cambio, es como la del llamado pago verde que ya hubo en 2024.
  4. BCAM 8, referente a la retirada de tierras de la producción. Se suprime la obligación de establecer un porcentaje de la superficie para barbecho. 

 

Novedades en los ecorregímenes 

La PAC 2025 establece también una serie de cambios en los llamados ecorregímenes. Esto son los más importantes:

  1. Islas de biodiversidad (P2A). El porcentaje sin segar se reduce al 4%.
  2. Siega sostenible (P2B). El beneficiario podrá elegir un período sin actividad: del 1 de mayo al 29 de junio, o del 3 de julio al 31 de agosto.
  3. Cubiertas vegetales espontáneas o sembradas (P6). En cultivos leñosos, se permite labores verticales poco profundas entre abril y septiembre. En secanos y secanos áridos, se elimina el requisito de permanencia de la cubierta viva un determinado período de tiempo, se permitirá el establecimiento de cubiertas en calles alternas y, durante el verano, éstas podrán ocupar un 20% de la anchura libre de la proyección de copa.
  4. En las cubiertas vegetales inertes de restos de poda (P7) para las superficies de cultivos leñosos en secano, se aplican los mismos cambios que en P6, excepto lo del 20% de anchura.

 

Ayudas específicas de la normativa de Castilla y León

Además de todos los cambios anteriores, que son compartidos con toda España, en el caso de Castilla y León, la Consejería recuerda unas ayudas específicas recogidas en la norma autonómica, de índole geográfica. 

En concreto, este año se mantiene la medida FEADER relativa a las ayudas a las explotaciones ubicadas en zonas con limitaciones naturales, estableciéndose como requisito que al menos el 50% de los ingresos sean agrarios, que el beneficiario esté afiliado al régimen agrario de la Seguridad Social. 

Los agricultores que reúnan los requisitos podrán obtener una ayuda media adicional de 1.600 € en caso de limitaciones naturales diferentes a la zona de montaña; más de 3.200 en el caso de montaña, y hasta más de 4.000 euros sin son zonas declaradas con alguna limitación específica.

 

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